¿Quién puede solicitar visa para España?
Ciudadanos cubanos que se encuentren legalmente en México y tengan pasaporte vigente.
✔️ ACEPTADO:
- Personas con residencia temporal vigente en México
- Personas con residencia permanente en México
- Personas con visa de estudiante válida
- Personas con tarjeta de residente emitida por el INM
❌ NO ACEPTADO:
- Personas con estatus irregular
- Personas con visa de tránsito o de turista en México
- Personas con permisos vencidos
- Personas en proceso de regularización, sin resolución definitiva
Resumen:
| Tipo de estatus en México | ¿Puede aplicar a visa española? |
|---|---|
| Residente temporal (vigente) | ✅ Sí |
| Residente permanente | ✅ Sí |
| Estudiante legal | ✅ Sí |
| Turista / irregular / vencido | ❌ No |
Fuente oficial: Consulado General de España en México – Visado de estancia (Schengen)
Tipos de visado
- Visado de turista (Schengen)
- Visado de estudios
- Reagrupación familiar
- Visado nacional de residencia o trabajo
Requisitos generales
- Pasaporte cubano vigente
- Estancia legal en México
- Formulario oficial de solicitud
- Prueba de medios económicos
- Seguro médico de viaje
- Reserva de vuelo de ida y vuelta
- Prueba de alojamiento (reserva hotel o carta invitación)
¿Dónde solicitar la visa?
Consulado General de España en Ciudad de México
Dirección: Galileo 114, Polanco, CDMX
Procedimiento paso a paso
- Completar el formulario de solicitud
- Reunir toda la documentación necesaria
- Solicitar cita online: citas.exteriores.gob.es
- Presentarse a la entrevista con todos los documentos
- Pagar la tasa consular correspondiente
Notas importantes
- El visado Schengen permite 90 días de estancia en un período de 180 días
- No se puede aplicar si estás en situación migratoria irregular en México
- Tiempo de respuesta estimado: 15–30 días hábiles
Tasa Consular Correspondiente
La tasa consular depende del tipo de visado solicitado. A continuación, los costos aproximados para 2025:
| Tipo de trámite | Precio aproximado |
|---|---|
| Visado Schengen (turismo, corta duración) | 80 EUR |
| Niños 6–11 años | 40 EUR |
| Niños menores de 6 años | Gratis |
| Visado Nacional tipo D (residencia, trabajo, estudios) | 60–80 EUR |
| Autorización de residencia inicial (en España) | +10–15 EUR tasas locales |
En México, estas tasas pueden pagarse en pesos mexicanos al tipo de cambio vigente. Verifica siempre con el consulado al momento de tu cita.
Acreditación de medios económicos – Requisitos oficiales (2025)
A petición de las autoridades competentes, se deberá acreditar la disponibilidad de medios económicos suficientes para la estancia prevista o estar en condiciones de obtenerlos legalmente.
- 118,40 EUR por persona y por día de estancia
- Mínimo exigido: 1.065 EUR, independientemente del número de días
Se pueden presentar como prueba:
- Dinero en efectivo
- Cheques de viaje
- Tarjetas de crédito acompañadas de extracto bancario
- Libreta bancaria puesta al día
No se aceptan: cartas de entidades bancarias ni extractos bancarios impresos desde internet.
Fuente oficial: exteriores.gob.es – Condiciones de entrada en España (Consulado en Chile)
Tasas Consulares Oficiales
Las tasas para el visado nacional (tipo D) y otros servicios relacionados son las siguientes:
- Visado nacional tipo D (residencia, trabajo, estudios): 60–80 EUR
- Visado solicitado en frontera: 90 EUR (adultos), 45 EUR (niños 6–11 años)
- Exención posible por motivos humanitarios o acuerdos internacionales
Carta de Invitación
Si se utiliza una carta de invitación como prueba de alojamiento:
- Autorización para emitir carta: 75,05 EUR
- Emisión de la carta: 6,54 EUR
- Compulsa de documentos: según cantidad presentada
Esta carta se solicita en la comisaría de policía en España y debe ser enviada al invitado antes del viaje.
Aviso Legal
Esta información es orientativa y puede cambiar. Revisa siempre las fuentes oficiales o contacta directamente al consulado. Para sugerencias o correcciones, escríbenos a webmaster@1aa.me.